La ONG cuestionó la exclusión de los presos militares, así como de la jueza Afiuni y los tres policías Metropolitanos. Deben ser liberados de inmediato: los adultos mayores, las personas con enfermedades graves y también aquellas que están en el espectro de autismo.
Para la ONG Foro Penal la recién sancionada y promulgada Ley de Amnistía constituye un paso importante hacia el camino de la reconciliación y la paz en Venezuela, pero advierte que el aparato represivo no ha sido desmantelado, y en un futuro, “el monstruo puede morder”.
En una rueda de prensa, Alfredo Romero, director-presidente, y Gonzalo Himiob, director-vicepresidente, analizaron la norma jurídica y sus alcances para los presos políticos.
Estuvieron acompañados por víctimas, expresos políticos y familiares de los aún detenidos. Ambos, destacaron que este logro proviene de la sociedad civil y académicos, entre otros
Aclaró que las excarcelaciones previas a la aprobación de la ley demuestran que existen otros mecanismos válidos que se pueden utilizar para lograr la libertad.
Precisó que todas aquellas personas presas que tienen más de dos años y algunas más de tres años de detención preventiva deben ser puestas en libertad porque se violan disposiciones del Código Orgánico Procesal Penal,
“Esas personas tienen que ser liberadas de inmediato, al igual que las que tienen la pena cumplida o han cumplido el tiempo suficiente de la condena cumplida y terminen el periodo fuera de la prisión”.
Citó entre los casos que deben ser liberados enseguida están: adultos mayores de 70 años de edad, las personas con enfermedades graves que podrían ser beneficiados con una medida humanitaria. También aquellas que están en el espectro de autismo.
A su juicio, para los excluidos se abre una “pequeña ventana”, con el artículo 15 de la norma para que sean considerados. “Debemos hacer que todos los casos que quedaron por fuera de la amnistía quepan en esa pequeña ventana, pasen a través de ella y sean excarcelados como lo mandan las leyes de la República, incluso las que estaban vigentes antes de la amnistía”.
Puntos positivos de la Ley de Amnistía
Entre los puntos positivos, expuso, están que las disposiciones del cuerpo normativo sean de carácter de orden público y de interés general. Lo que significa que no hace falta solicitar por parte de nadie la amnistía para que todos los órganos del poder público, especialmente, los tribunales de la República, la apliquen de inmediato y de oficio.
“Los tribunales de la República tienen su primer armamento: aplicar de oficio inmediato y con carácter perentorio la amnistía en los supuestos y en los casos en los que esta procede”.
Destacó como otro logro que en el artículo 5 se reconociese expresamente el principio de favorabilidad, que tiene tres acepciones: afirmación de la libertad; favorecer al reo en caso de duda y la valoración de las pruebas.
La importancia radica en que este principio no está en el proyecto original y se aprobó por propuesta del Foro Penal y de varias ONG.
“Esto es fundamental, porque limita el espectro de interpretación de la ley y hace que toda interpretación en la que pueda haber duda, sea resuelta a favor del solicitante, a favor del justiciable, porque así lo ordena expresamente la ley que lo reitera el órgano del público y de interés general”.
En tercer lugar, mencionó, la posibilidad de quienes están fuera del territorio nacional y sean beneficiarios de la amnistía pueden hacer su solicitud a través de sus representantes legales debidamente designados. Este punto tampoco estaba en el texto original.
“Antes se exigía a juro que la persona para ponerse a derecho estuviera en Venezuela para poder siquiera empezar a pensar en solicitar la amnistía. Ahora, ya no es así”.
Es decir, que el representante legal puede presentar la solicitud y una vez, hecha tendría que volver al país. Y, además, se obtuvo la garantía de que la persona permanece en libertad.
Explicó que para aquellos que no fueron incluidos en la Ley de Amnistía existe la posibilidad de acudir a la Comisión de Seguimiento para que sus casos sean considerados a través de un apoderado legal y de expertos de la sociedad civil.
También se incluyó, que antes no estaba, un procedimiento con plazos para que los tribunales y las autoridades tomen las decisiones respectivas.
“La exigencia de las ONG, del Foro Penal y de la sociedad civil es que hubiera un procedimiento reglado y expedito. No solamente para la solicitud de la amnistía y para obligar a los tribunales a tomar decisiones en un tiempo perentorio, sino también para eventualmente ejercer los recursos a que hubiera lugar y esto se logró también”.
Himiob destacó que la Ley de Amnistía ampara a un número importante de presos y perseguidos políticos, “aunque este sea un número bastante limitado y debería ser mucho más amplio”.
Puso como ejemplo de beneficiarios de la norma inmediatamente los trabajadores y gerentes de la industria petrolera y las empresas filiales despedidos en 2003 que participaron o tuvieron intervención en el paro cívico de los años 2002 y 2003.
Detalló el caso de los aprehendidos por lo que se conoce por hechos poselectorales de 2024 y 2025. Estos están expresamente incluidos en la norma. “No es poca cosa, porque desde el 29 de julio 2024 hasta el final de 2025, fueron arrestadas 2.742 personas. De esas 2.742 personas, al día de hoy, todavía quedan 2.186 bajo medidas cautelares. Todavía quedan como presos políticos 321 personas”.
Para atender a este cúmulo de personas el Foro Penal, otra vez, se ofreció a atender los requerimientos de manera gratuita.
También apuntó que una vez se publique la ley en la Gaceta Oficial presentará ante la comisión de seguimiento un documento con 232 de presos políticos para que sean incluidos.
«Tengo el escrito que vamos a meter de inmediato ante la comisión de seguimiento para que todos estos casos, que están la gran mayoría de ellos excluidos de la amnistía, sean tomados en cuenta de inmediato», dijo.
Lo negativo de la norma
El abogado destacó que se supone que la ley cubre desde 1999 hasta 2026, que son más o menos 28 años, pero al revisar el artículo 8, que habla de momentos y eventos específicos, hay que darse cuenta que “hay 15 años de esos 28 años, completamente por fuera. No fueron considerados”.
Señaló que esta omisión es muy grave, porque se desconoce que la persecución y la prisión política ha sido continua.
“Ha sido una línea de continuidad desde 1999, hay que decirlo. No se mencionan ni siquiera los años de 1999 a 2022, y lo que va 2026. Pero esto no es lo peor. Nos quedan 13 años que sí fueron tomados en cuenta por la justicia de los 28. De esos, 13 años, que son 2002 hasta 2025, en cada uno, se hace una especie de selección indebida y bastante arbitraria de momentos y de meses en específico”.
Subrayó que al sumar los meses que se toman en cuenta en esos años, y que son descritos, no llegan a 20 meses. “20 meses, 1 año y 8 meses, de casi 28 años que se suponía que debía abarcar. Esto es una irregularidad imperdonable. Contra esto se luchó de todas las formas posibles, se hicieron las recomendaciones adecuadas, se pidió incluso que se incluyese una cláusula residual, que hablase de otros momentos y de otros supuestos, para que todo quedara abarcado y esto fue negado”.
Consideró que la intención fue evidente: excluir las situaciones y momentos que tienen que ver con actuaciones de los militares y de los familiares presos relacionados con ellos. Y, otros que hayan tenido que ver con la supuesta promoción de ataques contra la soberanía venezolana, etcétera.
Es decir, se instrumentalizaban las calificaciones jurídicas para hacer parecer un hecho como algo que no era. Y esto de excluir este tipo de delitos es muy grave porque eso lo que conduce es a una situación muy negativa de violación y de continua violación de los derechos de las víctimas.
Señaló que al aplicarse estos casos quedan fuera de la amnistía los tres policías Metropolitanos, la jueza María Afiuni, y muchas personas a las que les fueron atribuidas indebidamente conductas delictivas calificadas de acuerdo con unos parámetros que no eran jurídicos y que, a consecuencia, quedan excluidos de esta ley.
Otros excluidos son el argentino Nahuel Gallo, los de la Operación Gedeón y Brazalete Blanco, entre otros.
Otra aspecto negativo de la ley es la adjetivación de personas y de hechos. “No es necesario adjetivar los hechos. Los hechos violentos, el golpe de Estado, el sabotaje petrolero. Eso no tiene ningún sentido. Adjetivar lo que hace es que se pierda el foco del sujeto”.
Apuntó que no se puede reconocer la convivencia pacífica, la igualdad y la libertad, si de entrada se descalifica al otro al que no piensa como tú y llamándolo de diferentes maneras. “Eso es muy grave”.
Otro punto importante es que la ley no reconoce que al final del día el aparato represivo no ha sido desmantelado y sigue dejando su aplicación en manos de los mismos cuerpos de seguridad, de los mismos fiscales y de los mismos tribunales que originalmente persiguieron y encarcelaron arbitrariamente a las personas.
Instó a las víctimas, a sus familiares y a la sociedad civil a seguir luchando para que se logre la libertad de todos los presos políticos, que se reconozca el carácter de inocentes e insistir en que las excarcelaciones continúen, independientemente de la Ley de Amnistía.
También, abogó por la derogación de las leyes contra el odio, la Simón Bolívar, contra las ONG y algunas disposiciones de la de Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo y aquellas del Código penal que incluyen delitos de opinión.
Romero puntualizó que en total son 400 personas excluidas del beneficio que son militares o relacionados con ellos. Y precisó que se han excarcelado 448 personas desde el 8 de enero hasta el presente. Quedan más de 600 presos políticos registrados y otros por registrar. Entre ellos una cantidad importante de militares. También indicó que hay más de 11.000 personas con medidas restrictivas.
Decreto presidencial
Francis quiñones, madre del sargento segundo de la GBN; Jonathan Rafael Franco Quiñones, pidió al gobierno un decreto presidencial para la libertad de todos los presos políticos.
También, a la encargada de negocios de estados Unidos en Caracas, Laura Farnsworth Dogu, que realizara una inspección carcelaria para que constatara el estado de los presos políticos.
Igualmente, a la Cruz Roja Internacional y la Comisión de Derechos Humanos velar por las condiciones de salud de los detenidos./efectococuyo