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Comisión Electoral rechazó reforma del Reglamento Electoral solicitada por Fortunato González y Maira Duque

por Redacción web

La Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes rechazó la reforma del Reglamento Electoral presentada por los profesores Fortunato González, Baudilio Márquez, Alexis Dávila y Maira Duque.

Como es del conocimiento colectivo para la realización de esta reforma hicieron, los profesores indicados, un estudio pormenorizado del Reglamento Electoral de 2003, de la Constitución Nacional y la Ley de Universidades, lo cual les permitió llegar a la conclusión de que la Universidad de Los Andes, haciendo valer su autonomía, puede resolver este asunto; además, señalaron, en su momento, que “para lograr que la ULA pueda celebrar pronto sus elecciones, solo hay que levantar la sanción al Reglamento Transitorio de 2023 y volver a los reglamentos anteriores que es donde está la solución”, sostuvieron los universitarios al momento de presentar la reforma en un foro efectuado en los espacios de la facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la ULA.

Una respuesta contundente ….

En esa dirección, la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes (ULA), señaló en un documento titulado: “Observaciones Generales y Recomendaciones de la Comisión Electoral Central al Proyecto de Reforma del Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes” que “la Comisión Electoral Central de la Universidad de Los Andes (ULA) no está de acuerdo con la propuesta de reforma del reglamento electoral para la ULA, presentado al Consejo Universitario (…) porque contraviene dispositivos legales vigentes que fundamentan los procesos electorales en Venezuela. La creación de un nuevo reglamento electoral deberá ser planificada y consensuada por la comunidad universitaria a fin de cumplir con el Artículo 1 de la Ley de Universidades. En estos momentos se debe ajustar transitoriamente el Reglamento Electoral vigente de acuerdo a los parámetros contenidos en la Sentencia 0324 del 27/08/2019, ratificada en la Sentencia 0047 del 27/02/2020 del Tribunal Supremo de Justicia para los fines de un proceso electoral inmediato. Así mismo, se debe tomar en consideración la Ley Orgánica de Procesos Electorales”, señala el informe suscrito por la presidente, Ceres Boada; la Primer Vicepresidente, María Belkis Durán; y por la Segunda Vicepresidente, María Ofelia Rojas.

Finalmente, el texto en cuestión presenta las líneas generales para un Proyecto de Reforma del Reglamento Electoral de la Universidad de Los Andes. /Nelson Dugarte

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