miércoles, septiembre 16, 2026
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Seniat elimina recaudos físicos para trámites de importación y exportación

por Redacción web

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) anunció la eliminación de la exigencia de recaudos en papelpara las operaciones de importación, exportación y consultas arancelarias en todo el territorio nacional. La medida busca automatizar la gestiónacortar los tiempos de respuesta mediante la validación directa en las bases de datos oficiales.

Documentos que ya no se solicitarán en papel

El superintendente del organismo, Román Maniglia, precisó que la documentación suprimida ya reposa en los expedientes de los auxiliares aduaneros o puede ser consultada en línea por los funcionarios.

Entre los recaudos de identificación y registro ya no se solicitará la copia de la cédula de identidad, el Registro Único de Información Fiscal (RIF), el Registro Mercantil previamente consignado ni las licencias de actividades económicas.

En materia fiscal y tributaria, quedan exentas de entrega física las declaraciones del ISLR, así como las planillas y comprobantes de pago de tasas por consultas de clasificación arancelaria.

Respecto a las gestiones en el Sistema Aduanero Automatizado (Sidunea), tampoco se pedirán impresiones de la Declaración Anticipada de Información (DAI) ni de las planillas de pago.

Asimismo, la medida abarca la eliminación del formato impreso para originales de regímenes legalespoderes previamente aceptados por la aduana respectiva, documentos emitidos por el Sarenhojas de ruta e índices.

Nuevos criterios para el reconocimiento de mercancía

El proceso de verificación de carga se regirá estrictamente por los canales de selectividad que asigna el sistema Sidunea. Las mercancías asignadas al canal verde estarán exentas de reconocimiento documental y físico, mientras que las del canal amarillo solo tendrán revisión de documentos, y las del canal rojo pasarán por inspección documental y física.

En las aduanas donde funcionen los Circuitos de Inspección No Instructiva (CINI), únicamente se requerirá la Declaración Única de Aduanas (DUA)en canal amarillo o verde en caso de que surjan discrepancias entre la carga y las imágenes escaneadas.

Por otro lado, los procesos de exportaciónexportación temporal para perfeccionamiento pasivoreexpedición de mercancías y la verificación de certificados de uso de vehículosserán tramitados directamente en la aduana correspondiente, sin requerir la aprobación de otras unidades de servicio. Finalmente, se estableció que el libro de registro de operacionesexigido a los agentes y agencias de aduanas deberá llevarse exclusivamente por medios automatizados.

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